jueves, 25 de agosto de 2016


los verdaderos amigos(as) y la verdadera amistad.
Frases sobre la amistad verdadera, franca y desinteresada. Mensajes de afecto, cariño y aprecio para quienes son nuestros amigos verdaderos. Para esas personas que realmente nos estiman, valoran y que sabemos podemos contar en los momentos difíciles.
Mensajes para una amiga o un amigo de verdad y sincero

Aunque en la vida real hay mucha gente falsa e hipócrita, todos tenemos al menos un amigo verdadero, franco y sincero, en el que podemos confiar completamente y con el que podemos contar de forma incondicional.
El que tenga varios de ellos es todo un afortunado.
Compartimos en este artículo varias frases y pensamientos dedicados a la amistad verdadera, a esa que no espera nada a cambio, ese sentimiento de camaradería entre los seres humanos tan maravilloso y grandioso.
Mensajes de aprecio para compartir o enviarle a un amigo sincero y así expresarle lo que sentimos y hacerle saber cuánto lo estimamos.
Mensajes para esa persona con la que podemos contar en las buenas y en las malas, para esos que nos tratan con verdadero amor, respeto, franqueza y sinceridad. 
❀ Un amigo es oro puro, dos amigos piedras preciosas y si llegas a tener tres amigos, has encontrado un verdadero tesoro.
❀ Hay gente maravillosa que sin motivos te buscan, sin mirarte te quieren y sin ataduras se quedan... esos son los verdaderos amigos.
❀ Amigo no es cualquiera, sino quien lo demuestra.
❀ Un amigo está allí para ti cuando no necesitas nada, un BUEN AMIGO está ahí cuando tú no eres nada...
❀ No hay amigos falsos, solo hay falsos que pretenden ser amigos.
❀ Una amistad verdadera no es estar inseparables, es ser capaz de separarse y que no cambie cada.
❀ Los amigos se cuentan dos veces. En las buenas para saber cuántos son y en las malas para ver cuántos quedan.
❀ Un amigo conoce tus aventuras.... pero un verdadero AMIGO las ha vivido contigo.
❀ Un verdadero amigo es ese que te levanta, cuando los demás ni siquiera saben que te has caído... Es ese que sigue a tu lado aunque no tengas nada que darle o cuando los otros se han ido...
Pensamientos sobre la amistad honesta y desinteresada




viernes, 12 de agosto de 2016

Historia de Tikal y sus curiosidades

Tikal o Tik’al es uno de los mayores yacimientos arqueológicos, ubicado en el departamento de Petén, dentro de la Reserva de la Biosfera Maya que cubre más de 15,000 km2. El parque ocupa 576 km, que son 222 mi2. Las ruinas ocupan aproximadamente 24 km2. El 80% de las ruinas no ha sido excavado, solo el 30% de las ruinas no ha sido señalizado.
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Significado de Tikal
Tikal significa “Lugar de las voces” en lenguaje Maya.

Breve historia de Tikal

Los mayas empezaron a construir Tikal 600 a.C. durante los siguientes 1500 años fue un importante centro religioso, científico y político. Su auge fue alrededor de 500 D.C. durante el periodo Clásico. Fue una de las ciudades Mayas más poderosas, edificada estratégicamente en el centro del mundo maya, por lo que se considera que fue el centro del comercio durante su época más florida.

Tenía una población de 50,000 a 100,000 habitantes. La mayoría consideran a Tikal la ciudad gobernante principal de la Civilización Maya. Por razones desconocidas, Tikal inició su descenso en 870 D.C. y fue completamente abandonado a finales de 900 D.C.
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Tiene alrededor de 3,000 estructuras. Las cuales incluyen templos, palacios, altares, residencias, juegos de pelota, terrazas, calzadas y plazas, de los cuales la mayoría está conectada por medio de acueducto y cisternas para retener agua.

En las principales áreas ceremoniales se encuentran más de 200 monumentos, llamados estelas. Que fueron talladas con glifos e imágenes que cuentan historias sobre los gobernantes de la era. Tikal cuenta con una parte restaurada, que consta de 9 grupos y plazas. Aunque la mayoría están cubiertas de tierra y arboles. 

Sus 5 templos principales son:
  • Templo I o Templo del Gran Jaguar, con una altura de 44 metros.
  • Templo II o Templo de las Máscaras, con 37metros.
  • Templo III o Templo del Sacerdote Jaguar, con 60 metros.
  • Templo IV o Templo de la Serpiente de dos Cabezas, con 70 metros
  • Templo V con 59 metros.
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En los años 1800 se descubrió Tikal, y desde entonces arqueólogos de todo el mundo han hecho excavaciones. Después que los mayas abandonaron Tikal, la selva retomo la ciudad. Actualmente se hace un gran esfuerzo para que no sean recubiertas por la vegetación.

El parque es un santuario de flora y fauna, por la abundancia de plantas tropicales y animales que cubren más de 400 kms2. Son más de 285 especies de aves exóticas, monos, jaguares, pumas, tapires, venados y muchas especies protegidas. También cientos de tipos de orquídeas y más de 30 tipos de maderas preciosas. Entre los tipos de arboles se encuentra el Chico Zapote (del que se extrae el chicle), la Ceiba (árbol sagrado de los Mayas) y más de 25 otras maderas preciosas.

Sin duda Tikal es un paraíso para observar aves, de los mejores lugares de Centroamérica. Los animales más escuchados y vistos en Tikal son: el mono araña, mono aullador, pizote, tucán y pavo ocelado. Muy rara vez se tiene la oportunidad de ver jaguares, lo que nunca se verán son Quetzales o guacamayas.
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En mayo de 1955 fue declarado Parque Nacional Guatemalteco, y un monumento nacional en el año 1970. Fue el primer parque nacional establecido en Centroamérica

Ha servido de escenario e inspiración para muchas películas y reportajes, tal es el caso de Jeorge Lucas que no dejó pasar tan exuberante belleza para adornar una de sus películas de la guerra de las galaxias.

Curiosidades
  • Hasta ahora es la ciudad Maya más grande que ha sido conocida y estudiada.
  • No hay ningún pueblo o aldea llamada Tikal.
  • No hay ningún cajero electrónico o banco en Tikal.
  • Tikal no cuenta con servicio de energía eléctrica. Por lo que una variedad de negocios cuentan con generadores de electricidad que usan durante algunas horas.
  • El único acceso a las ruinas es solamente caminando.
  • Todos los vehículos se deben quedar en el estacionamiento. Las personas que necesitan de asistencia especial pueden conseguir permisos en la oficina de administración del parque.
Cómo llegar
Está ubicado a 549 kms de distancia de la Ciudad de Guatemala, en el departamento de Petén. Se va por la ruta del Atlántico (CA-9) hasta el municipio de Morales, luego se sigue la ruta de Rio Dulce a la Ciudad de Flores (CA-13). De donde dista 64 kms. Ya en Flores, se conduce por la CA-13 que conduce a Mechor de Mencos, ya en la  Aldea Ixlú se toma el desvío hacia la izquierda, que se dirige a El Remate y por esta carretera se llegará a la entrada al parque. 
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Transporte
  • Hay minibuses con la ruta de Tikal-Flores, pasan por El Remate. Lugar donde hay muchos hoteles que venden boletos de minibús a Tikal, en especial durante las mañanas. Donde el primero sale a las 5:30 AM y retorna a las 2 PM. También se puede arreglar un transporte privado, el horario de salida y regreso lo fijan los clientes.
  • Hay una variedad de minibuses que van  y vienen de Tikal cada 30 minutos a 1 hora.
  • Los minibuses colectivos locales hacen muchas paradas y van muy llenos.  Sin embargo hay unos destinados solo para turismo, los cuales son más directos y no van tan llenos. La mayoría de visitantes esperan en la carretera principal y toman uno de estos minibuses. Lo recomendable es preguntar el precio antes de abordar y tener cambio para pagar.
Precios 
La entrada principal al parque se encuentra a 16 kms del Centro de Visitantes. El costo de la entrada es de Q150, lo que equivale a US$ 20 aproximadamente. Debe llevar quetzales en efectivo, ya que en el parque no se aceptan otros tipos de moneda o tarjetas de crédito.

El costo de entrada al museo pequeño, que se encuentra cerca de los hoteles es de Q20 aproximadamente.

Horario
Lunes a domingo de 6:00 a 18:00 horas. También está la opción de permanecer en el lugar durante horas extendidas por un costo adicional.

Actividades
  • Se pueden realizar varias actividades dentro del sitio arqueológico. Como por ejemplo:
  • Recorridos dentro del sitio arqueológico
  • Observación de flora y fauna.
  • Observación de aves
  • Vistas increíbles al subir las escalinatas de los templos II, IV y V.
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miércoles, 10 de agosto de 2016


los principios generales del derecho:
Por principios generales del derecho se entienden las ideas fundamentales e informadoras de la organización jurídica de la nación (De Castro), es decir, los que dan sentido a las normas jurídicas legales o consuetudinarias existentes en la comunidad, los enunciados generales a los que se subordina un conjunto de soluciones particulares. Pueden referirse simplemente al sistema jurídico de cada estado (teoría del derecho positivo) o conectarse con el derecho natural (teoría de derecho natural) en cuyo caso trascenderían del derecho positivo. Hoy en día una parte importante de los principios generales del derecho en nuestro ordenamiento jurídico la constituyen los principios constitucionales, aunque existen muchos otros al margen de la Constitución. No obstante se ha afirmado por un sector de la doctrina que los principios constitucionales no pueden ser encuadrados en el artículo 1.4 del Código Civil junto con los que solo pueden aplicarse en defecto de ley o costumbre, ya que ellos mismos son superiores a la ley y a la costumbre.
Los principios generales del derecho no deben confundirse con las llamadas reglas de derecho, apotegmas o máximas jurídicas que el Digesto definía como las que describen breve mente una cosa y que no tienen el carácter de fuente del derecho, si bien es cierto que los principios generales se expresan en ocasiones como máximas o aforismos.
Nuestro Código Civil enumera los principios generales del derecho entre las fuentes del Derecho. Así, en su artículo 1.1 establece que las fuentes del ordenamiento jurídico español son la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho, y añade en el párrafo 4º de este precepto que los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.
La Exposición de Motivos del Código Civil explica que “los principios generales del derecho actúan como fuente subsidiaria respecto de las anteriores, pero además de desempeñar ese cometido, único en el que cumplen la función autónoma de fuente del derecho, pueden tener un significado informador de la ley o de la costumbre”.
En cualquier caso habrá de tenerse presente que los principios generales del derecho no se encuentran escritos y pueden expresarse de muy diversas maneras. Tampoco existe una lista taxativa de principios generales enumerados ni constituyen un numeras clausulas; pero ello, lejos de ser un inconveniente, es una cualidad inherente a su carácter integrador y conformador del ordenamiento jurídico, ya que dejan un amplio arbitrio al juez a la hora de dictar Sentencia de manera que este podrá recurrir a nuevos principios cuando así lo exija la evolución de la sociedad, y al mismo tiempo le dejan desarrollar su actividad creadora ya que la solución del caso no podrá venir dada de forma exacta y encorsetada por los principios, dado el nivel de abstracción de éstos, sino que en gran medida depende de la actividad creadora del juez. Pero a la vez constituyen un límite a la actividad del juez ya que impiden que su decisión del caso concreto se muestre en desacuerdo con el ordenamiento jurídico.
II. PRINCIPIOS DE DERECHO NATURAL Y DE DERECHO POSITIVO
Nuestra doctrina se ha preguntado frecuentemente si el legislador, al hablar de principios generales del derecho se refiere a los grandes principios de derecho natural, o por el contrario a los que parecen desprenderse de las normas positivas.
En el primer sentido, la corriente filosófica naturalista mantiene como dogma primordial la existencia de un ordenamiento transpositivo que trasciende el orden normativo formal y lo subordina al valor de la justicia. Sostiene esta corriente que los principios generales del derecho abarcan estos valores naturalistas reivindicados como remedio ante ciertas situaciones límite y contra la arbitrariedad del que hace las leyes o la falta de equidad de las propias normas al ponerlas en relación con un caso concreto.
La doctrina contemporánea a la promulgación del Código Civil siempre contó, entre los principios generales con los del derecho natural y parece que hoy no admite duda la presencia de los principios de derecho natural en el pensamiento del legislador plasmado en el artículo 1.4º del Código Civil, si bien se pregunta La cruz Verdejo qué valor pueden tener tales principios en una situación política cambiante, a lo que responde que los principios generales del derecho no recibieron del legislador una caracterización fija, ya que las convicciones y valoraciones ético-sociales son variables, de forma que en cualquier caso tales convicciones, si bien son guía del legislador y contraste y medida de la perfección ética de cada ordenamiento, no podrían ser invocadas por el juez como normas de derecho positivo frente a una ley que se opusiera a ellos; antes al contrario, la seguridad jurídica obliga a que el juez omita sus valoraciones y convicciones personales y aplique la norma sin correcciones extra positivas no contenidas en la misma pues en general, y a juicio de este autor, el mejor modo de realizar la justicia en una sociedad democrática es conformarse al orden creado por las normas legales.
III. CARÁCTER INFORMADOR DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Para un sector de nuestra doctrina y atendiendo fundamentalmente a este carácter informador del ordenamiento jurídico, los principios generales del derecho están por encima del resto de las fuentes y su papel en nuestro ordenamiento es esencial como elemento integrador indispensable para que el juez, sujeto a la obligación de dictar Sentencia ante los intereses contrapuestos, pueda acudir a ellos cuando no exista ley ni costumbre sobre una materia determinada.
Para Cadalso, la función informadora de los principios generales del derecho puede ser entendida de modos diferentes: o bien en un sentido que cabría llamar prescriptible o de imposición del principio general del derecho sobre la norma jurídica positiva que contrasta con él, o bien en un sentido meramente descriptivo según el cual toda norma jurídica nace ya como portadora de una versión de lo justo.
Para La cruz Verdejo, la alusión a este carácter informador puede entenderse como ociosa pues a primera vista carece de cualquier consecuencia y la realidad de tal “información” del ordenamiento jurídico por los principios no dependería de su mención en elartículo 1.4 del Código Civil. Entiende este autor que es dudoso que esta función que se asigna a los principios generales del derecho en el artículo 1.4º del Código Civil pase de ser una amonestación o recordatorio, no solo al legislador, sino al intérprete, para que tenga en cuenta en la valoración de cada ley el conjunto cambiante del ordenamiento jurídico. Y concluye que la mención acaso tenga como finalidad suplir la falta de una definición de los principios y ampliar su ámbito al derecho natural, pues si la fuente en cuestión puede tener carácter informador del ordenamiento jurídico, no puede confundirse con él, o al menos con el conjunto legal y su interpretación.
Pero sin excepción, se inclina la doctrina civilista por conceder un doble origen de estos principios, así, para De La Vega los mismos abarcan tanto ”a los principios superiores de justicia como a los que informan el ordenamiento jurídico del país”.
En cualquier caso han de ser considerados no como criterios abstractos sino como verdaderas reglas jurídicas que constituyen el espíritu de todo el ordenamiento al que convierten de conjunto inorgánico en unidad vital.
IV. APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
En su aplicación concreta cualquier parte litigante puede alegar principios generales del derecho en su demanda o en su contestación, si bien nuestro Tribunal Supremo ha exigido que los principios generales sean alegados expresando su estricta necesidad ante la deficiencia del ordenamiento jurídico escrito o consuetudinario (Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de marzo de 2005). Igualmente es doctrina de la Sala Primera del Tribunal Supremo el que para que los principios generales del derecho puedan acceder a la casación se requiere que se cite la Ley o Sentencia de donde dimana.

Como señala La cruz Verdejo, en general, la proliferación de supuestos principios alegados abusiva mente por los litigantes en favor propio, ha llevado a los tribunales a exigir, con infracción del principio ira novia curia, no solo que las partes demuestren la existencia de los principios, sino además que aleguen expresamente y demuestren también que no hay ley o costumbre aplicable al caso.
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viernes, 5 de agosto de 2016


                                                       Violencia familiar y alcohol

2. ”Violencia y amor no coexisten en las familias” Ejercer una conducta violenta no significa que no haya afecto en los periodos en los que no hay agresión. Es probable que las esposas maltratadas tengan sentimientos de amor hacia el marido o compañero agresor, incluso muchos niños/as maltratados quieren a sus padres a pesar de las agresiones. Algunos autores como (1997) destacan que las mismas características propias del entorno familiar (las diferencias de sexo y edad, el amplio conocimiento de las biografías personales, la posibilidad de influirse mutuamente, etc.) en algunos casos pueden favorecer la aparición de violencia y en otros casos pueden favorecer entornos cálidos y acogedores.

 3. ”La violencia es el fruto de una enfermedad me (1980) demostró en un estudio que menos de un 10% de agresiones son causadas por enfermedades mentales o trastornos psiquiátricos.
4. ”La violencia familiar sólo sucede en familias de nivel  bajo” Las víctimas y los agresores provienen de todas las clases sociales. La violencia familiar supera barreras sociales, económicas, profesionales, religiosas y culturales. A pesar de ello, diferentes estudios han demostrado que los factores sociales son muy importantes cuando se intenta entender la violencia familiar. Aunque existen abusos en familias de niveles socio-económicos elevados, es más probable encontrar abusos en familias de condiciones menos favorecidas. Sin embargo, este hecho puede atribuirse a que las mujeres de nivel social bajo no suelen tener muchas opciones cuando necesitan ayuda, y tienden a acudir a las instituciones públicas, siendo, por consiguiente, detectadas más a menudo, y evidentemente al menor número en nuestra sociedad de familias de niveles socio-económicos elevados. 

5. ”Los niños que han sido maltratados se convertirán en agresores cuando sean adultos” Es más probable que las personas que han sufrido abusos se conviertan en agresoras (Holthworth-Munroe, 1994). Sin embargo, sería determinista esperar que esto sucediera siempre así. Muchos hombres violentos con sus familias o pareja provienen de familias sin historial de violencia. 6. ”El alcohol y el abuso de drogas son las causas de la violencia familiar” Algunos estudios apuntan que el alcohol y las drogas son, en algunas ocasiones, la causa principal de los malos tratos. Sin embargo, en la mayoría de casos en los que aparece el alcohol este parece tener un papel activado de la conducta violenta. De hecho, el abuso de drogas y alcohol sirven para que los agresores se otorguen el permiso de tener conductas no permitidas social mente, como por ejemplo agresiones en el núcleo familiar. (”No sabía lo que estaba haciendo, estaba borracho”). Trataremos este tema con más detalle en el apartado 1.6 de éste mismo capítulo. 
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